No puedo creer que la Sra. Olga Golcher no tenga la suficiente determinación como para carajear a las entidades protectoras de NIÑOS CRIMINALES y decirles que no se metan, la gente está en tal estado de terror que ya ni se atreven a salir es que ni a la esquina, no entiendo este GOBIERNO DE LA PATRIA NUEVA para quien gobierna, estamos invadidos de extranjeros sudamericanos indocumentados (no voy a decir de donde son, pero la Provincia de Darién marca el límite con ese pais), encima los delincuentes tienen más derechos que los contribuyentes, aparte de que si vas al HOSPITAL SANTO TOMAS a atenderte no recibiras buen servicio ya que todas las atenciones, medicinas y pintas de sangre se las dan a los delicuentes cuando van heridos de sus reyertas carcelarias e interbarriales, por eso es que ese hospital esta hasta las guachas.
En la ciudad de Panamá actualmente existen más pandillas interbarriales que equipos de baseball, soccer y basketball juntos (y eso que no estamos contando los integrantes de cada pandilla).
Quiero, exijo y demando como ciudadano contribuyente panameño que el gobierno nacional rinda cuentas de este problema y actue de inmediato, para eso les pagamos sus astronómicos salarios.
Esos chiquillos no tienen tamaño para lo hijueputas que son, aparte de que la LEY LOS AMPARA PORQUE SON MENORES DE EDAD, es vergonzoso que un panameño vaya preso por ejercer el derecho a defender su propiedad privada, el sudor de su frente y su familia al ponerle un dedo encima a estos inadaptados sociales.
2. Coordinar la labor de la administración y los establecimientos públicos.
3. Velar por la conservación del orden público.
4. Adoptar las medidas necesarias para que la Asamblea Legislativa se reúna el día señalado por la constitución o el Decreto mediante el cual haya sido convocada a sesiones extraordinarias.
5. Presentar el principio de cada legislatura, el primer día de sus sesiones ordinarias, un mensaje sobre los asuntos de la administración.
6. Objetar los proyectos de Leyes por considerarlos inconvenientes o inexequibles.
7. Invalidar las órdenes o disposiciones que dicte un Ministro de Estado en virtud del artículo 181.
8. Las demás que le correspondan de conformidad con La Constitución o la Ley.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. (Los delincuentes nos privan arbitrariamente de nuestra propiedad, del resultado de nuestro trabajo)
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